La ley de Segunda Oportunidad o mecanismo de Segunda Oportunidad para particulares es la vía judicial que permite la cancelación o renegociación de las deudas contraídas por particulares, como personas físicas y autónomos. Esta ley se incluye en la Ley Concursal de España en el año 2015, recogida en el Real Decreto Ley 25/2015, de 27 de febrero.
Mediante este mecanismo de Segunda Oportunidad las personas físicas que se encuentran en situación de insolvencia puedan salir a flote de nuevo. Sin arrastrar deudas a las que no podrán hacer frente en el futuro. Dentro de la Ley de Segunda Oportunidad permite la reducción de la carga financiera del deudor, pero, también, incluyen otras medidas de carácter social.
La ley de Segunda Oportunidad, además, de beneficiar a los deudores se busca proteger los derechos de cobro de los acreedores. Consiguiendo que los acreedores cobren el máximo de deuda posible. Buscando una situación de equilibro entre los derechos de los acreedores y los deudores. Intentando que los particulares puedan solventar su situación y los acreedores cobren el máximo de deuda posible.
Condiciones para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
El primer requisito que se debe cumplir para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es ser una persona física, tanto empresaria como no empresaria. Pero, además de este requisito se deben cumplir los siguientes:
- Ser considerador deudor de buena fe
- No tener el patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas contraídas.
- La deuda contraída debe ser inferior a cinco millones de euros.
- El deudor debe haber contraído la deuda mediante actuaciones de buena fe.
- No haber sido condenado por delitos económicos, patrimoniales, contra la administración pública o contra los trabajadores. Durante los 10 años anteriores a la solicitud de la Ley de Segunda Oportunidad.
Ser considerado deudor de buena fe
Uno de los puntos esenciales es probar que el deudor es de buena fe. Por este motivo, se debe haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores con anterioridad. Con el objetivo de refinanciar y renegociar la deuda e intentar llegar a un plan de pagos al que poder hacer frente. En el acuerdo extrajudicial de pagos se puede incorporar una quita de una parte de la deuda o una ampliación del periodo de pago. Esta fase no habrá sido exitosa, pero, es esencial para probar la buena fe del deudor.
El concurso de acreedores por el que habrá pasado la persona física debe ser declarado no culpable. Para lograr esta calificación del concurso de acreedores para personas físicas no puede ser probable demonstrar que el deudor se endeudó sabiendo que no podría hacer frente al pago de la deuda. Además, no podrá haberse acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los diez años anteriores.
Procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad para particulares
Para solicitar la Ley de Segunda Oportunidad para particulares se debe iniciar con la solicitud de acceso a la Ley de Segunda Oportunidad. mediante este documento se solicita el inicio de las negociaciones de un acuerdo extrajudicial de pagos entre deudores y acreedores. Los particulares podrán iniciar el proceso siempre y cuando cumplan con los requisitos expuestos arriba. En nuestro post, Requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad para personas físicas, podrá conocer más sobre estos requisitos.
En la solicitud, los particulares deben incorporar la documentación necesaria para demostrar que cumple estos requisitos. Los particulares deben presentar la solicitud ante el notario correspondiente al domicilio del particular. En este momento se iniciará la negociación entre las partes para llegar al acuerdo extrajudicial de pagos. En esta fase, el mediador concursal, deberá mediar entre las partes y llevar a cabo los trámites necesarios. Si no llega a un acuerdo extrajudicial de pagos, se iniciará el concurso de acreedores consecutivo. En esta fase el juez decidirá sobre la liquidación del patrimonio del deudor que no sea el salario, la vivienda familiar o la pensión. Y sobre la aplicación del BEPI, Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Es mediante la aplicación de este mecanismo que los particulares podrán liquidar la parte de las deudas que no han podido ser saldada con la liquidación del patrimonio del deudor.
Desde Concurso Autónomos, le ofrecemos la asesoría y defensa judicial que necesitan las personas físicas en situación de insolvencia. Como abogados especialistas en concurso de acreedores y ley de insolvencia para personas físicas y autónomos, le ofrecemos la atención personalizada que necesita para concurso de acreedores, concurso de acreedores express y Ley de Segunda Oportunidad.
Diseño web desarrollado por PosicionandoT.