Fase de calificación del concurso de acreedores para personas físicas

Dentro del concurso de acreedores para personas físicas destaca la fase de calificación. Ya que la calificación del concurso conlleva una serie de consecuencias para las personas físicas que se deben tener en cuenta. En el post actual exponemos las diferentes consecuencias que provoca la calificación como culpable o fortuito para las personas físicas en concurso de acreedores.

En la fase de calificación del concurso de acreedores se dará respuesta a las cuestiones de como se califica la insolvencia del deudor, las consecuencias que se derivarán de esta calificación y la vinculación para el juez penal de la calificación.

¿Cómo puede ser calificado el concurso de acreedores?

La ley concursal establece que el juez podrá clasificar como culpable o como fortuito el concurso de acreedores. El tipo de calificación realizada por el juez conllevará una serie de beneficios o no para el deudor. La fase de calificación se iniciará en el plazo de diez días desde la aprobación del convenio en el concurso de acreedores o desde la apertura de la fase de liquidación, en caso que no se hubiera llegado a este acuerdo.

¿Cómo se desarrolla la fase de calificación?

Durante este plazo, cualquier persona con interés legítimo, podrá personarse y alegar lo que consideré necesario para la calificación como culpable. Posteriormente, la administración concursal contará con 15 días para presentar ante el juez un informe sobre los hechos que llevaron a la situación de insolvencia y una propuesta de resolución para la calificación.

Si la administración concursal considera la calificación como culpable deberá informar sobre la identidad de las personas a las que afectará esta calificación, si considera que hubiera cómplices. Estableciendo los daños y perjuicios que estas personas hubieran provocado. El contenido del informe y del contenido del concurso se trasladará al Ministerio fiscal. Que contará con 10 días, prorrogables, otros 10 para emitir un dictamen sobre la calificación. Si no realiza ningún dictamen se entenderá que está de acuerdo con la calificación.

En caso que el dictamen del Ministerio Fiscal y el informe de la administración concursal coincidan en calificarlo como fortuito, el juez deberá archivar las actuaciones sin otros trámites. Los acreedores no podrán recurrir este auto. Si se hubiera decretado la culpabilidad del deudor y de los posibles cómplices contarán con 10 días para alegar lo que consideren. Para poder realizar estas consideraciones deben comparecer en el plazo establecido.

En caso que el deudor o alguno de los cómplices se opongan a la calificación realizada por el administrador concursal y/o el dictamen realizado por el ministerio fiscal iniciará los trámites del incidente concursal. En caso de no haber oposición, el juez contará con 5 días para dictar sentencia sobre la culpabilidad o no del concurso de acreedores. El juez deberá exponer los motivos para la clasificación como culpable o fortuito en la sentencia. Para la calificación del concurso de acreedores como culpable se deben tipificar las conductas realizadas por el deudor.

Repercusiones de la calificación como culpable

Las personas físicas que hayan sido calificadas como culpables en un concurso de acreedores deberán hacer frente a una serie de consecuencias. Los deudores afectados serán inhabilitados para la administración de bienes ajenos por un periodo establecido entre 2 y 15 años. Tampoco podrán representar a cualquier persona durante el mismo tiempo. También, perderá cualquier derecho que tuviera como acreedor concursal o de la masa. El deudor deberá devolver los bienes o derecho que hubiera extraído del patrimonio e indemnizar por los daños y perjuicios realizados.

¿Cuándo se califica como culpable?

El concurso de acreedores para personas físicas podrá ser calificado como culpable cuando el deudor ha generado o agravado la situación de insolvencia. Con actuaciones de dolo o culpa grave, del propio deudor o de sus representantes legales. En los dos años anteriores al inicio del concurso de acreedores.

El juez podrá clasificar el concurso de acreedores para personas físicas como culpable en caso de que el deudor no llevará registro de su contabilidad, hubiera doble contabilidad, hubiera irregularidades contables, inexactitud en la documentación presentada para el inicio del concurso, cuando hay alzamiento de bienes, cuando haya incumplimiento del convenio a causa de actuaciones imputables el deudor y si el deudor ha realizado algún acto jurídico para simular una situación patrimonial ficticia.

La sentencia como culpable del concurso de acreedores, afectará al propio deudor, pero, también, a los posibles cómplices. Personas que hubieran actuado con el deudor o representantes legales realizando algún acto de los que han provocado la calificación como culpable del concurso de acreedores.

La calificación del juez civil que haya llevado el concurso de acreedores no es vinculante para la calificación que podría realizar el juez penal. Que puede juzgar otros delitos penales realizados por el deudor, sin tener en cuenta si la calificación del concurso ha sido culpable o fortuito.

Abogados especialistas en concurso de acreedores

Como hemos observado en el post actual, la fase de calificación es una fase compleja que puede conllevar una serie de consecuencias negativas para las personas físicas en concurso de acreedores. Si desea contar con asesoramiento y defensa jurídica especializada, no dude en contactarnos, como abogados especialistas en concurso de acreedores, concurso de acreedores express y Ley de Segunda Oportunidad para personas físicas y autónomos defenderemos sus intereses. Con el objetivo de conseguir solventar su situación de insolvencia y quiebra con las menores repercusiones para su patrimonio personal.

 

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