Trámites necesarios
El procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad consta de dos fases. La primera intenta llegar a un acuerdo extrajudicial. En esta fase se nombrará un mediador concursal, para mediar durante la negociación entre deudor y acreedores. La segunda fase, si no se llega un acuerdo, consiste en la solicitud del concurso. Esta solicitud puede ser hecha por el deudor o por el mediador. En el concurso, en el Administrador concursal intentará vender las propiedades del deudor, para pagar el máximo de sus deudas. Al acabar esta fase, se declarará la conclusión del concurso. Y en este momento se podrá solicitar la condonación de la deuda restante, que no ha podido ser pagada, por el autónomo.